Saltar al menú superior Saltar al contenido Saltar al pie de página

TÍTULO SEGUNDO: DE LOS ESTUDIANTES DE PREGRADO

Capítulo IV - DE LA MATRÍCULA ACADÉMICA

ARTÍCULO 27o.:

La matrícula es el acto personal que cumple todo estudiante o aspirante admitido, por sí o por apoderado, en el Centro de Registro y Control Académico, por medio del cual será considerado como alumno de la Universidad durante el período lectivo correspondiente y deberá cumplir todas las disposiciones y reglamentos de la Institución

Notas de Vigencia

REGLAMENTADO MEDIANTE ACUERDO No. 64 DEL 12 DE DICIEMBRE DE 2007 POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTA LA VACUNACIÓN A TODOS LOS ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PEREIRA

ARTÍCULO 28o.:

Quienes ingresen por primera vez a la Universidad deberán presentar antes de matricularse, los siguientes documentos:

  1. Uno cualquiera de los siguientes documentos: acta de grado, fotocopia del diploma de bachiller o una certificación de que el acta de grado se encuentra en trámite.
  2. Certificado de afiliación a una empresa prestadora del sistema de salud o en su defecto certificado expedido por el Servicio Médico-odontológico de la Universidad.
  3. Original del registro civil de nacimiento.
  4. Fotocopia auténtica del documento de identificación.
  5. Dos (2) fotografías tamaño cédula.
  6. Recibos de pago de derechos de matrícula y complementarios

ARTÍCULO 29o.:

Quienes ingresen por primera vez, cumplidos los requisitos de matrícula, se considerarán matriculados en todas las asignaturas correspondientes al primer período de su plan de estudios.

ARTÍCULO 30o.:

Los alumnos antiguos deberán estar a Paz y Salvo con la Universidad al momento de la matrícula.

1 2 3 6