Saltar al menú superior Saltar al contenido Saltar al pie de página

TÍTULO SEGUNDO: DE LOS ESTUDIANTES DE PREGRADO

Capítulo IV - DE LA MATRÍCULA ACADÉMICA

ARTÍCULO 43o.:

Son causales académicas para quedar «FUERA» del programa de formación que se cursa, las siguientes:

  1. Haber perdido la misma asignatura práctica en tres (3) oportunidades o más.
  2. Terminar un período académico con el promedio semestral inferior a dos coma cinco (2,5).
  3. Quedar en calidad de «PRUEBA» por dos (2) veces.

PARÁGRAFO 1:

Este artículo se aplicará incluso a los estudiantes que reingresan en virtud de lo dispuesto en el Estatuto General.

ARTÍCULO 44o.:

Los estudiantes que solicitan reingreso, y les es aprobado, tendrán que acogerse al plan de estudios vigente al momento de regresar a la Institución.

ARTÍCULO 45o.:

El estudiante que por causas académicas quede por fuera de un programa de formación, podrá ingresar a otro, previo cumplimiento de los requisitos establecidos para los aspirantes. Las asignaturas cursadas y aprobadas se acreditarán, si es el caso.

ARTÍCULO 46o.:

La Universidad programará las asignaturas a ofrecer en cada período académico y los estudiantes podrán hacer los ajustes a su matrícula en los términos indicados en este reglamento y en las fechas que al efecto establezca el calendario académico.

PARÁGRAFO 1:

La programación académica es de responsabilidad exclusiva de los Directores y Decanos del respectivo programa. Los departamentos o unidades de servicio no son competentes para realizar programación académica.

Notas de Vigencia

MODIFICADO MEDIANTE ACUERDO No. 21 DEL 01 DE JULIO DE 2011 POR MEDIO DEL CUAL SE REFORMA EL REGLAMENTO ESTUDIANTIL

1 3 4 5 6