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TÍTULO SEGUNDO: DE LOS ESTUDIANTES DE PREGRADO

Capítulo XI - DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO

ARTÍCULO 138o.:

Cumplidos los trámites a que se refieren los artículos anteriores y practicadas las pruebas pedidas, los funcionarios indicados en los mismos procederán a calificar las faltas según su gravedad y a aplicar la sanción disciplinaria si fueren competentes para ello, o en defecto, a remitir el expediente al Rector para los mismos fines, si fuere de su competencia. Si el Director del programa o el Decano no hallare mérito para continuar el proceso, se ordenará el archivo del expediente.

PARÁGRAFO 1:

En todos los casos las pruebas allegadas se apreciarán según las reglas de la sana crítica.

ARTÍCULO 139o.:

Contra los actos que impongan las sanciones de que trata este Reglamento procederá el recurso de reposición, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación personal o desfijación del edicto, ante la autoridad que impuso la sanción.

Notas de Vigencia

MODIFICADO MEDIANTE ACUERDO No. 27 DEL 07 DE SEPTIEMBRE DE 2005 POR MEDIO DEL CUAL SE REFORMA EL REGLAMENTO ESTUDIANTIL

ARTÍCULO 140o.:

La interposición de los recursos se deberá hacer por escrito consignando las razones respectivas y las pruebas que se quieran hacer valer.

Notas de Vigencia

ADICIONADO MEDIANTE ACUERDO No. 22 DEL 01 DE JULIO DE 2011 POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA LA PONDERACIÓN ICFES PARA EL PROGRAMA TECNICA PROFESIONAL EN PROCESOS DE TURISMOS SOSTENIBLE

Sólo en el caso de expulsión procede el recurso de apelación ante el Consejo Académico.

ARTÍCULO 141o.:

Las providencias que expida la Oficina Jurídica serán notificadas por esta dependencia y por la Secretaría General de la Universidad las que dicte el Rector; si no fuere posible hacerlo personalmente dentro de los tres (3) días siguientes al momento de producirlo, la notificación se hará por medio de edicto que se fijará por el término de diez (10) días hábiles en la cartelera de la dependencia respectiva.

Notas de Vigencia

MODIFICADO MEDIANTE ACUERDO No. 44 DEL 08 DE JUNIO DE 2022 ACUERDO No. 44 POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICAN LOS ARTÍCULOS 129, 135 Y 141 DEL ACUERDO No.028 DE 2003 – REGLAMENTO ESTUDIANTIL

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