Una inscripción será anulada cuando en ella se establezca una o varias de las siguientes circunstancias:
- No se aporta la copia de las pruebas de Estado
- El programa al que se inscribe no tiene admisiones programadas para ese período o no se ofrece por la Universidad.
- No se aporta el recibo de pago de los derechos de inscripción.
- Con esta inscripción se supera el número de inscripciones permitida por el presente reglamento.
- Se aportan dos certificados de pruebas de Estado realizadas en fechas diferentes
- El aspirante ha quedado por fuera del programa de formación al que se inscribe y no ha transcurrido el tiempo estipulado en el artículo 48 del Estatuto General de la Universidad. De haber transcurrido la inscripción se tomará como una solicitud de reingreso.
- Existe diferencia entre los resultados de las pruebas aportadas por el aspirante y los enviados por el ICFES a la Universidad, sin perjuicio de las acciones legales pertinentes.
- Inscribirse dos o más veces para un mismo período lectivo.
PARÁGRAFO 1:
Las pruebas de validación del bachillerato no sustituyen las pruebas de Estado