Con base en los documentos señalados en el artículo anterior, se determinará el valor por concepto de derechos de matrícula, de acuerdo con las tablas de valores que fije el Consejo Superior y a lo dispuesto en el presente reglamento.
PARÁGRAFO 1:
El monto de los derechos de matrícula se calculará en salarios mínimos legales al momento de ingreso o reingreso a la Universidad, valor que se reajustará según el porcentaje en que se incremente el salario mínimo legal autorizado por el gobierno, durante todo el tiempo de estudio.