Número: 19
Descripción: A partir de la fecha del presente acuerdo, los cupos no utilizados de las circunscripciones especiales en los programas de pregrado, se sumarán proporcionalmente en favor de los aspirantes de la circunscripción nacional y del resto del Departamento de Risaralda, respetando las reglas objetivas de selección vigentes en el proceso de admisiones.
A partir de la fecha del presente acuerdo, los cupos no utilizados de las circunscripciones especiales en los programas de pregrado, se sumarán proporcionalmente en favor de los aspirantes de la circunscripcion nacional y del resto del Departamento de Risaralda, respetando las reglas objetivas de selecciôn vigentes en el proceso de admisiones.
Expedido por: CONSEJO SUPERIOR
Sección: Otros
Fecha expedición: 2001-09-08
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