Número: 34
Descripción: Tendrá derecho a gozar de la Prima Técnica el SECRETARIO GENERAL de la universidad, siempre y cuando acredite título de estudios de formación avanzada y experiencia altamente calificada en el ejercicio profesional,en áreas relacionadas con las funciones propias del cargo, durante untérmino no menor de tres (3) años.
Tendrá derecho a gozar de la Prima Técnica el SECRETARIO GENERAL de la universidad, siempre y cuando acredite título de estudios de formación avanzada y experiencia altamente calificada en el ejercicio profesional,en áreas relacionadas con las funciones propias del cargo, durante untérmino no menor de tres (3) años.
Expedido por: CONSEJO SUPERIOR
Sección: Otros
Fecha expedición: 1992-10-30
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