Número: 34

Descripción: Tendrá derecho a gozar de la Prima Técnica el SECRETARIO GENERAL de la universidad, siempre y cuando acredite título de estudios de formación avanzada y experiencia altamente calificada en el ejercicio profesional,en áreas relacionadas con las funciones propias del cargo, durante untérmino no menor de tres (3) años.

Tendrá derecho a gozar de la Prima Técnica el SECRETARIO GENERAL de la universidad, siempre y cuando acredite título de estudios de formación avanzada y experiencia altamente calificada en el ejercicio profesional,en áreas relacionadas con las funciones propias del cargo, durante untérmino no menor de tres (3) años.

Expedido por: CONSEJO SUPERIOR

Sección: Otros

Fecha expedición: 1992-10-30

Documento adjunto:

ACS 34 DE 1992.pdf