Número: 17
Descripción:
«»Artículo 5o.— La Universidad concederá a los graduandos los siguientes estímulos:
1) Se concederá el título de «Estudiantes Distinguido a los alumnos de cada una de las especialidades que obtuvieren un promedio integra de toda la carrera igual o superior a cuatro
punto cero (4.0)».
«»Artículo 5o.— La Universidad concederá a los graduandos los siguientes estímulos:
1) Se concederá el título de «Estudiantes Distinguido a los alumnos de cada una de las especialidades que obtuvieren un promedio integra de toda la carrera igual o superior a cuatro
punto cero (4.0)».
Expedido por: CONSEJO SUPERIOR
Sección: Otros
Fecha expedición: 1968-03-13
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