Número: 9
Descripción: Por las razones relacionadas con las necesidades o índole del servicio y atendiendo a excepcionales meritos pedagógicos o científicos,tal como lo establece el artículo 20 del Estatuto del Profesorado,podrá reconocerle al personal docente que ingrese a la Universidad hasta cuatro (4) años como máximo de su experiencia profesional
Por las razones relacionadas con las necesidades o índole del servicio y atendiendo a excepcionales meritos pedagógicos o científicos,tal como lo establece el artículo 20 del Estatuto del Profesorado,podrá reconocerle al personal docente que ingrese a la Universidad hasta cuatro (4) años como máximo de su experiencia profesicnal.
Expedido por: CONSEJO ACADEMICO
Sección: Otros
Fecha expedición: 1981-09-11
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