Número: 18

Descripción: Los profesores de hora catedra virculados en la actualidad que llevaren rninimo un semestre al servicio de la universidad en la misma dedicación o en otra superior, no podrán sufrir disminuciôn en lo que venian percibiendo, hechos los reajustes decretados por el Gobierno Nacional, y si ello ocurriere, se reajustara el valor correspondiente hasta concurrencia de aquel.

Los profesores de hora catedra virculados en la actualidad que llevaren rninimo un semestre al servicio de la universidad en la misma dedicacion o en otra superior, no podrán sufrir disminuciôn en lo que venian percibiendo, hechos los reajustes decretados por el Gobierno Nacional, y si ello ocurriere, se reajustara el valor correspondiente hasta concurrencia de aquel. 

Expedido por: CONSEJO SUPERIOR

Sección: Otros

Fecha expedición: 1996-11-14

Documento adjunto:

ACS 18 DE 1996.pdf