Número: 24

Descripción: Tendrán derecho a disfrutar temporalmente de una Prima Técnica los docentes de la Institucion quienes en la evaluación de que trata el articulo 27 y siguientes del Acuerdo No. 0034 de 1988, del Consejo Superior, denominado Reglamento del Personal Docente, hubieren adquirido una calificación de Bueno o Excelente.

Tendrán derecho a disfrutar temporalmente de una Prima Técnica los docentes de la Institución quienes en la evaluación de que trata el articulo 27 y siguientes del Acuerdo No. 0034 de 1988, del Consejo Superior, denominado Reglamento del Personal Docente, hubieren adquirido una calificación de Bueno o Excelente.

DEROGADO MEDIANTE ACUERDO 6 SE DEROGAN UNOS ACUERDOS

Expedido por: CONSEJO SUPERIOR

Sección: Otros

Fecha expedición: 1991-11-29

Documento adjunto:

ACS 24 año 1991.pdf