Número: 24
Descripción: Tendrán derecho a disfrutar temporalmente de una Prima Técnica los docentes de la Institucion quienes en la evaluación de que trata el articulo 27 y siguientes del Acuerdo No. 0034 de 1988, del Consejo Superior, denominado Reglamento del Personal Docente, hubieren adquirido una calificación de Bueno o Excelente.
Tendrán derecho a disfrutar temporalmente de una Prima Técnica los docentes de la Institución quienes en la evaluación de que trata el articulo 27 y siguientes del Acuerdo No. 0034 de 1988, del Consejo Superior, denominado Reglamento del Personal Docente, hubieren adquirido una calificación de Bueno o Excelente.
DEROGADO MEDIANTE ACUERDO 6 SE DEROGAN UNOS ACUERDOS
Expedido por: CONSEJO SUPERIOR
Sección: Otros
Fecha expedición: 1991-11-29
Documento adjunto: