Número: 8
Descripción: En aquellas asignaturas que el Consejo de Facultad determine que la asistencia a clases hace parte de la evaluación, la inasistencia a un diez por ciento (10%) de las clases programadas implicará la pérdida de la asignatura y la nota será de reprobada, la que se considerará para los efectos académicos a excepción del promedio semestral.
En aquellas asignaturas que el Consejo de Facultad determine que la asistencia a clases hace parte de la evaluación, la inasistencia a un diez por ciento (10%) de las clases programadas implicará la pérdida de la asignatura y la nota será de reprobada, la que se considerará para los efectos académicos a excepción del promedio semestral.
Expedido por: CONSEJO SUPERIOR
Sección: Otros
Fecha expedición: 1987-06-26
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