Número: 8

Descripción: En aquellas asignaturas que el Consejo de Facultad determine que la asistencia a clases hace parte de la evaluación, la inasistencia a un diez por ciento (10%) de las clases programadas implicará la pérdida de la asignatura y la nota será de reprobada, la que se considerará para los efectos académicos a excepción del promedio semestral.

En aquellas asignaturas que el Consejo de Facultad determine que la asistencia a clases hace parte de la evaluación, la inasistencia a un diez por ciento (10%) de las clases programadas implicará la pérdida de la asignatura y la nota será de reprobada, la que se considerará para los efectos académicos a excepción del promedio semestral.

 

Expedido por: CONSEJO SUPERIOR

Sección: Otros

Fecha expedición: 1987-06-26

Documento adjunto:

ACS 08 año 1987.pdf